El ex alcalde de Andratx Eugenio Hidalgo, junto al ex director general de Territorio Joan Massot y el ex celador de obras Jaume Gibert. /ARCHIVO
cuatro implicados

Condenado a cuatro años de cárcel el ex alcalde de Andratx por corrupción urbanística

La Fiscalía solicitaba cinco años de prisión por los delitos de prevaricación urbanística y contra ordenación del territorio para el ex regidor de la localidad mallorquina

PALMA DE MALLORCA Actualizado: Guardar
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La primera pieza del caso 'Andratx' ya tiene condena: el ex alcalde, Eugenio Hidalgo, deberá cumplir cuatro años de cárcel por construirse una vivienda en una zona considerada de interés paisajístico. También han sido condenados los otros tres procesados: el ex director general de Ordenación del Territorio, Jaume Massot, a tres años y seis meses; el ex asesor legal, Ignacio Mir, a un año, y a cuatro meses al ex celador Jaume Gibert.

La sentencia hecha pública hoy tras la vista celebrada entre el 5 y el 8 de mayo pasados corresponde a la primera pieza del juicio oral por el llamado caso 'Andratx', la relativa a la construcción de un chalet ilegal en una caseta de aperos, en un terreno propiedad del ex alcalde Eugenio Hidalgo que estaba considerado área protegida.

Nada más trascender el fallo, el abogado de Hidalgo, Rafael Perera, ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo, al considerar que los hechos juzgados "no se ajustan a la realidad". Según figura en la sentencia, el ex alcalde ha sido condenado a tres años de prisión por un delito contra la ordenación del territorio y a un año más por otro delito de prevaricación administrativa.

También ha sido inhabilitado para empleo o cargo público en la administración estatal, autonómica o local por un periodo de ocho años por el primer delito y de tres años de inhabilitación especial para la promoción urbanística por el segundo. Deberá pagar una multa de 20 meses, con 100 euros de cuota diaria, y satisfacer dos sextas partes de las costas procesales causadas, incluidas las de la acusación particular personada. La sentencia también le obliga a demoler la casa que motivó esta causa judicial.

El ponente del tribunal, el magistrado Juan Pedro Yllanes, ha sido el encargado de dar lectura a una parte de la resolución judicial, la referida a los hechos probados y al fallo.

El tribunal rebaja la petición fiscal

La Fiscalía solicitaba cinco años de prisión por los delitos de prevaricación urbanística y contra ordenación del territorio para el ex alcalde, cuatro años de cárcel para Jaume Massot, ex director general de Ordenación del Territorio, mantuvo en un año la prisión para Ignacio Mir, ex letrado y asesor jurídico municipal, y redujo la petición inicial de pena de Jaume Gibert, ex celador de Obras, de seis a cuatro meses por su colaboración con la Justicia.

La defensa había pedido la libre absolución, salvo en el caso de Gibert, para quien aceptaba la petición de cuatro de diez meses de multa y dieciocho de inhabilitación, tras acordar su colaboración con la Fiscalía en la revelación de otros delitos del caso.

Visiones enfrentadas

Antes de dictar el final del juicio, Gibert quiso añadir que estaba "muy arrepentido" de no haber denunciado la construcción ilegal y aseguró que no lo hizo por que el propietario era su jefe. Massot apuntó que cuando firmó la licencia "tenía el convencimiento de que se aplicaba la Ley del Suelo Rústico".

El fiscal Joan Carrau manifestó en su alegato final que el ex alcalde construyó una vivienda con una licencia de ampliación para una nave agrícola de manera "deliberada", al tiempo que señaló que Massot "tuteló y supervisó" todo el proceso y que, una vez supo que la construcción de Hidalgo era ilegal, "le ayudó a ocultar el delito".

Por su parte, el abogado Rafael Perera, encargado de la defensa de Eugenio Hidalgo, aseguró durante la vista oral que el ex primer edil merece una "reprobación pública" por haber infringido la normativa urbanística, pero señaló que no puede recaer sobre él una sanción penal ya que, a su juicio, hay elementos que no han quedado probados, como los motivos por los cuales el terreno en el que se construyó la vivienda fue clasificado como Arip y la punibilidad penal por los usos que se le dieron a la misma.

Así lo manifestó durante la exposición de sus conclusiones en la cuarta sesión del primero de los juicios por el caso Andratx, donde Perera puso en tela de juicio que el terreno en el que Hidalgo construyó la nave agrícola, posteriormente transformada en vivienda, tuviera una clasificación real de Area de Interés Paisajístico (Arip).