Condenados veinte yihadistas por formar células terroristas desde la cárcel
La Audiencia Nacional confirma que el grupo se formó en la prisión de Topas, pero no prueba la intención de volar el edificio La sala sostiene que el atentado contra el inmueble judicial se trató de una «simple idea» que tuvo el líder del grupo islamista
Actualizado: GuardarLa Audiencia Nacional condenó ayer a veinte de los treinta supuestos terroristas islámicos detenidos a finales de 2004 durante la denominada 'operación Nova' contra el enjambre de células yihadistas nacidas en la cárcel de Topas, a los que considera responsables de un delito de pertenencia (dieciocho de los condenados) o colaboración (los dos restantes) con banda armada.
Las penas impuestas por la Sección Tercera de lo Penal suman 173 años de cárcel, apenas la mitad de lo solicitado por el fiscal, porque la sala les absuelve de la acusación más importante: tratar de volar el edificio que alberga la Audiencia Nacional con un camión-bomba cargado con media tonelada de explosivos y conducido por 'muyahaidines' suicidas, tal y como aseguró el testigo clave de este proceso, el confidente Cartagena.
La sentencia concluye que el plan para atentar contra el edificio de la calle Génova no pasó de «una simple idea» del jefe de la célula , Abderraman Tahiri, más conocido como Mohamed Achraf. «No existe una verdadera determinación de la acción terrorista a ejecutar fuera de la simple idea, plan o proyecto», explica el fallo, que insiste en que la Fiscalía no ha logrado «acreditar» que los procesados «llegaran a una concreta pesquisa sobre explosivos que permitieran la realización del ataque pensado por Achraf».
Los magistrados reconocen que está probado que Achraf «había concebido la idea de ejecutar una acción terrorista mediante el empleo de un vehículo cargado de explosivos (...) contra la sede de la Audiencia Nacional como lugar emblemático de la lucha contra el terrorismo» y que este atentado se había convertido en una «cuasi obsesión» del emir de Topas. Incluso aseguran que está demostrado que el jefe yihadista le pidió en verano de 2004 a uno de sus acólitos, Kamara Birahima, que hiciese gestiones para hacerse con explosivos. Pero estos hechos no demuestran más que la existencia de «un plan individual y sin desarrollar», para el que Achraf todavía no contaba con voluntarios. Es más, la Audiencia Nacional subraya la falta de pruebas de que el resto de los imputados supieran siquiera de la obsesión de su 'emir' por perpetrar una masacre en el tribunal madrileño.
Pertenencia
«La idea y planteamiento de un posible objetivo terrorista no constituye 'per se' la existencia de una conspiración (para atentar)», concluye el fallo, que asegura que estos planes sin madurar son sólo «una actividad que se subsume en la propia de pertenencia al grupo terrorista», único delito por el que han sido condenados.
Para la Audiencia Nacional, a pesar de no tener pruebas para condenar por el ataque al tribunal, «no existe duda» de que los veinte condenados formaban parte de un «verdadero grupo cohesionado, permanente, estable y estructurado bajo el liderazgo indiscutible del Achraf, creador del mismo y fuente ideológica para sus miembros».
El tribunal justifica la condena por pertenencia terrorista porque ha quedado probado que la mayoría de los acusados eran miembros del «un grupo cuya finalidad era la cruzada universal, guerra santa o yihad». Y que tenían como objetivo «el ataque violento e indiscriminado contra seres humanos o cosas, sembrando un clima de pánico y terror colectivo». Según los magistrados Alfonso Guevara, Fermín Echarri y Flor Sánchez, sólo la «feliz» intervención de la Policía impidió que los integristas llegarán a atentar en algún momento.
La sentencia confirma que el grupo terrorista desarticulado hace más de tres años nació entre 2000 y 2002 en la cárcel salmantina de Topas, sin que la administración penitenciaria se percatara de estos preparativos. Es más, el fallo subraya que Achraf consiguió de la dirección del centro el préstamo de «un local del polideportivo para realizar allí los servicios religiosos».