Enaltecimiento del terrorismo
Justo hoy hace una semana del mitin electoral celebrado por ANV en Pamplona para dar a conocer las candidaturas de la formación abertzale de cara a las próximas elecciones del 9 de marzo. En el citado acto, la alcaldesa de Hernani (Guipúzcua) pidió una calurosa ovación para los dos etarras que se han confesado responsables del atentado terrorista perpetrado en la terminal 4 del madrileño aeropuerto de Barajas, en el que murieron dos personas. Como no podía ser de otra manera, el Fiscal de la Audiencia Nacional, Ignacio Gordillo, denunció los hechos y, en consecuencia, Marian Beitialarrangoitia, que así se llama la imputada, ha sido citada para que el próximo jueves 24 de enero declare ante el Juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz.
Actualizado: GuardarSi la maquinaria judicial funciona como es debido, la dirigente de ANV será condenada como autora del delito tipificado en el artículo 578 del Código Penal, que castiga con pena de prisión de uno a dos años el enaltecimiento o la justificación por cualquier medio de expresión pública o difusión de los delitos de terrorismo o de quienes hayan participado en su ejecución. Esto es exactamente lo que hizo la acusada, que poco antes de concluir su discurso dijo lo siguiente: «Antes de nada, este ánimo, abrazo y chaparrón de aplausos que nos habéis ofrecido, lo más caluroso posible, para Igor Portu, Mattin Sarasola y para todos los presos políticos vascos que están dispersados en las cárceles francesas y españolas. Os queremos». Quizá lo más preocupante de todo es que la manada de fanáticos que allí se encontraban convocados rompieron en aplausos berreando «Herria ez da barkatuko», esto es, «El pueblo no perdonará».
El propio artículo 578 del Código Penal faculta al juez para acordar en la sentencia alguna de las prohibiciones del artículo 57 del Código Penal que, como si del Juego de la Oca se tratase, se remite a su vez al artículo 48 del citado Código. Entre tales prohibiciones se recoge la privación del derecho a residir o acudir al lugar en que se haya cometido el delito. Es decir, que como escarmiento se podría prohibir a Marian Beitialarrangoitia a que residiera o acudiera al lugar en que cometió el delito, Pamplona, por un período de hasta 5 años.
Todo será en vano si al final no condenan a la alcaldesa de Hernani como en su día condenaron a Otegi por el mismo delito. En aquella ocasión, la Audiencia Nacional impuso al batasuno la pena de 15 meses de prisión por haber participado en 2003 en un homenaje a José Miguel Beñarán, Argala, que fue jefe militar de ETA, en el 25 aniversario de su muerte. Se trata, por tanto, de un precedente prácticamente idéntico, que además fue corroborado por el Tribunal Supremo, por lo que sería contradictorio que en este caso no se siguiera el mismo criterio.
Lástima que, incluso en el supuesto de que a la Beitialarrangoitia se le impusiera la pena máxima prevista para este delito, dos años de cárcel, no podríamos celebrar su ingreso en prisión, pues el artículo 80 del Código Penal establece la posibilidad de suspender la ejecución de las penas privativas de libertad cuando éstas no sean superiores a dos años, siempre y cuando el condenado no tuviera antecedentes penales, cual es el caso de la alcaldesa en cuestión. Siempre cabe, como decía, que al menos se le prohíba residir o acudir a Pamplona, lugar en que se produjeron los hechos.
Por otra parte, el Ministerio Fiscal ha informado de que este hecho será presentado como una prueba más para interesar la ilegalización y disolución de ANV. A nadie se le escapa que, con anterioridad a este hecho, ya había motivos más que suficientes para solicitar la ilegalización de ANV, pero de nuevo razones electoralistas han llevado al Gobierno y al Ministerio Fiscal (que son los únicos legitimados en base al artículo 11 de la Ley Orgánica 6/2002, de 27 de junio, de Partidos Políticos para solicitar la ilegalización de ANV) a moverse persiguiendo su propio interés y no el interés general. Sólo cabe esperar que, una vez presentada la demanda, el Tribunal Supremo declare finalmente la ilegalidad de este partido para que sanguinarios de esta calaña no tengan cabida en nuestro sistema político, que bastante perturbado está de por sí.